Certificado de matrimonio plurilingüe: en qué países sirve, qué recoge y cómo pedirlo [2026]

El certificado de matrimonio plurilingüe es un extracto del Registro Civil con un formato común, pensado para que lo entiendan autoridades de otros países sin traducirlo. Lo regula el Convenio n.º 16 de la CIEC, firmado en Viena en 1976. En los 24 Estados que lo aplican se acepta sin legalización ni apostilla. Fuera de ellos, lo habitual es pedir el certificado literal apostillado.

Registro Civil Digital · · 10 min de lectura

Qué es el certificado de matrimonio plurilingüe

Es una certificación en extracto del matrimonio que sigue un modelo internacional fijo, la «fórmula B» del Convenio n.º 16 de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC). Las casillas están numeradas, las fechas se escriben siempre con el mismo formato y los hechos posteriores al matrimonio se indican con símbolos. Por eso un funcionario de otro país puede leerlo sin traducción. Según el artículo 8 del Convenio, los Estados que lo aplican lo aceptan sin legalización ni formalidad equivalente, es decir, sin apostilla.

España ratificó el Convenio en 1980, y está en vigor desde el 30 de julio de 1983. Por eso el Registro Civil español puede expedir el certificado de matrimonio en este formato, además del literal y del extracto ordinario. Si quieres comparar los tres tipos en general, lo explicamos en las diferencias entre certificado literal, extracto y plurilingüe. Esta guía se centra solo en el matrimonio y en cuándo conviene este formato.

El Convenio no sustituye al certificado literal. Su artículo 10 aclara que no impide obtener copias literales según el derecho interno de cada país. Si el trámite exige el contenido completo de la inscripción, el plurilingüe no basta.

¿Ya sabes qué formato te piden?

Solicitamos por ti el certificado de matrimonio oficial, plurilingüe o literal, al Registro Civil donde consta la inscripción y te lo enviamos a España o al extranjero.

Solicitar certificado de matrimonio

Los 24 países donde se acepta sin legalización

Según la tabla de ratificaciones de la CIEC, 24 Estados aplican el Convenio n.º 16. Esta es la lista, separada según sean o no de la Unión Europea:

Grupo Estados parte del Convenio n.º 16
Unión Europea (16) Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Portugal y Rumanía
Fuera de la UE (8) Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Serbia, Suiza y Turquía

La lista cambia cuando un país se adhiere, así que conviene confirmarla con la autoridad que va a recibir el documento. La propia DGRN reconoció en una circular de 2005 que el alcance territorial de estos convenios no es fácil de conocer, porque cambia con cada ratificación.

Qué datos recoge y qué deja fuera

La fórmula B tiene doce casillas. El Convenio exige que se rellenen a partir de la inscripción principal y de los asientos posteriores (artículo 2). Por eso el plurilingüe también refleja lo que le ocurrió después al matrimonio:

Lo que sí aparece

El Estado y la oficina que lo expide, el número de acta, la fecha y el lugar del matrimonio y, de cada cónyuge, los apellidos antes del matrimonio, el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento y el apellido después del matrimonio. Al final figuran la fecha de expedición, la firma y el sello.

Hechos posteriores: en la casilla «otras menciones» se usan símbolos fijos: Sc (separación), Div (divorcio), A (anulación) y Dm o Df (defunción de uno de los cónyuges), seguidos de la fecha y el lugar.

Lo que no tiene casilla propia

El modelo no tiene casillas para los padres de los cónyuges, los testigos, la autoridad que celebró la boda ni el régimen económico matrimonial. Tampoco reproduce el texto completo de la inscripción ni sus notas marginales tal como constan.

Consecuencia: si el trámite necesita esos datos (por ejemplo, el régimen económico en una compraventa o una herencia), pide el certificado literal.

Plurilingüe o literal apostillado: cuál pedir

La elección depende de dos cosas: el país donde vas a presentar el certificado y los datos que pide el trámite. Esta tabla resume cómo funciona cada opción:

Destino del certificado Formato que suele encajar Apostilla Traducción
País del Convenio n.º 16, trámite con datos básicos Plurilingüe No El modelo está pensado para no necesitarla
País del Convenio n.º 16, trámite con datos completos Literal No si es de la UE; consúltalo en el resto Según la autoridad de destino
País de la UE que no aplica el Convenio Literal (con impreso multilingüe de la UE si se ofrece) No (Reglamento UE 2016/1191) Puede evitarse con el impreso multilingüe
País del Convenio de La Haya fuera de la UE y del Convenio n.º 16 Literal Sí Si el destino no admite el español
Resto de países Literal Legalización Si el destino no admite el español

Fuera de los 24 Estados del Convenio, el plurilingüe no tiene ningún régimen especial: es un documento público español más y cada autoridad decide si lo acepta. Para Estados Unidos, el Reino Unido o América Latina, lo más seguro suele ser el literal con Apostilla de La Haya y, si el país no admite el español, la traducción jurada.

¿Cuándo SÍ conviene el plurilingüe?

Cuando el destino es uno de los 24 Estados y el trámite solo necesita acreditar que el matrimonio existe, con sus fechas, lugares y nombres, o que se disolvió. Te ahorra la traducción y la apostilla.

¿Cuándo NO conviene?

Cuando la autoridad pide expresamente un «certificado literal», cuando necesitas datos que el modelo no recoge (padres, régimen económico, notas marginales completas) o cuando el destino no aplica el Convenio.

Países de la UE fuera del Convenio: el Reglamento 2016/1191

Desde el 16 de febrero de 2019, el Reglamento (UE) 2016/1191 exime de legalización y de apostilla a los documentos públicos sobre matrimonio, capacidad matrimonial y estado civil que se presentan en otro Estado miembro. También permite pedir un impreso estándar multilingüe que acompaña al documento como ayuda para la traducción.

Si te han pedido un anexo europeo, revisa las diferencias entre formulario multilingüe de la UE y certificado plurilingüe antes de solicitarlo.

El díptico del Ministerio de Justicia sobre este reglamento aclara dos puntos que conviene no confundir:

  • El Reglamento no se aplica a los documentos de estado civil expedidos con base en los convenios de la CIEC. El certificado plurilingüe sigue su propio régimen, el del Convenio n.º 16.
  • El impreso multilingüe no tiene valor jurídico autónomo: siempre debe presentarse junto con el documento público que traduce. Además, una traducción jurada hecha por un traductor habilitado en un Estado miembro se acepta en todos los demás.

En la práctica, si vas a presentar el certificado en Irlanda, Suecia o Chequia, por ejemplo, el plurilingüe no te da ninguna ventaja legal. Lo útil es el certificado de matrimonio español, que no necesita apostilla, con el impreso multilingüe o con una traducción jurada, según lo que admita la autoridad de destino.

Pide el formato correcto a la primera

Indica en el formulario si necesitas el certificado plurilingüe o el literal y para qué trámite. Gestionamos la solicitud ante el Registro Civil y hacemos el seguimiento hasta que llega.

Pedir certificado de matrimonio

Cómo pedir el certificado de matrimonio plurilingüe en España

El plurilingüe se pide al Registro Civil donde está inscrito el matrimonio. Si el matrimonio se celebró en el extranjero y se inscribió en un consulado, la inscripción consta en el Registro Civil Central. El artículo 1 del Convenio dice que solo pueden obtenerlo quienes tienen derecho a pedir la certificación literal. Si no sabes qué oficina te corresponde, consulta qué Registro Civil te corresponde.

La solicitud directa al Registro Civil no tiene tasa, pero no ofrece seguimiento del estado y es habitual tener que repetirla si el certificado no llega. Estas son las vías:

1. Sede electrónica del Ministerio de Justicia

La sede trata el plurilingüe como un «certificado especial». El servicio de expedición inmediata («en un clic») no lo cubre, y tampoco cubre los matrimonios celebrados en el extranjero, los inscritos hace menos de dos meses ni las solicitudes para otra persona. Hay que usar la solicitud general.

Ventajas

  • Se pide sin desplazarse
  • Permite elegir el tipo de certificado

Inconvenientes

  • Sin identificación electrónica, el certificado llega siempre por correo ordinario
  • No se puede repetir la misma solicitud hasta pasados 15 días
  • No hay un canal eficaz para saber en qué estado está la petición

Requisitos: nombres de los cónyuges, fecha y lugar del matrimonio y dirección de envío. Para pedirlo de otra persona, la sede puede exigir la autorización del inscrito.

2. En persona o por correo en el Registro Civil

Es la vía tradicional: se presenta la solicitud en la oficina donde consta el matrimonio o se envía por correo postal.

Ventajas

  • Puedes explicar en persona para qué país lo necesitas

Inconvenientes

  • Muchas oficinas funcionan con cita previa
  • Las huelgas del personal judicial y la carga de trabajo retrasan las oficinas
  • Desde el extranjero es poco práctico

Requisitos: los mismos datos del matrimonio y un documento de identidad.

3. A través de Registro Civil Digital

Registro Civil Digital es un servicio privado de gestión de solicitudes, no el Registro Civil oficial. Rellenas un formulario, eliges si necesitas el certificado plurilingüe o el literal y nosotros presentamos la solicitud, hacemos el seguimiento y gestionamos los reintentos si no llega.

Ventajas

  • Seguimiento de la solicitud y gestión de incidencias
  • Envío nacional e internacional
  • Apostilla de La Haya si el destino la exige

Inconvenientes

  • Es un servicio de pago: consulta las tarifas en la web
  • El plazo final depende del Registro Civil que expide

Requisitos: los datos del matrimonio y la finalidad del certificado.

Si vives fuera de España, pedir certificados desde allí tiene sus propias dificultades. Te lo explicamos en nuestra guía de certificados del Registro Civil desde el extranjero.

Casos que conviene revisar antes de pedirlo

  • Matrimonio celebrado fuera de España y no inscrito: si no consta en el Registro Civil español, no hay certificado español que pedir, ni plurilingüe ni literal. Primero hay que inscribir el matrimonio celebrado en el extranjero.
  • Divorcio que no consta: el plurilingüe solo refleja los hechos inscritos. Si el divorcio no se anotó en España, el certificado seguirá mostrando el matrimonio sin el símbolo Div. Te explicamos cómo acreditarlo en la guía del certificado de divorcio.
  • Matrimonio muy reciente: la sede no expide de forma inmediata los matrimonios inscritos hace menos de dos meses, así que la solicitud se tramita por la vía general.
  • Matrimonio entre personas del mismo sexo: en 2020 el Defensor del Pueblo pidió sustituir las casillas «hombre» y «mujer» de los modelos plurilingües por fórmulas neutras. El Ministerio contestó que cambiar el modelo del Convenio requiere un acuerdo de la CIEC. Si el formato no refleja bien tu caso y el destino es de la UE, valora el certificado ordinario con el impreso multilingüe europeo.
  • Errores en el certificado: el plurilingüe reproduce los datos de la inscripción. Si hay un apellido o una fecha mal inscritos, aparecerán igual. Corrígelo antes con una rectificación de errores.

¿El destino no aplica el Convenio de Viena?

Para Estados Unidos, el Reino Unido o América Latina, gestionamos el certificado literal de matrimonio con la Apostilla de La Haya y te lo enviamos al país donde lo necesitas.

Ver la gestión de Apostilla

Para qué trámites suele pedirse

El Convenio se pensó para documentos «destinados a servir en el extranjero». Entre los países que lo aplican, el plurilingüe de matrimonio suele usarse para acreditar el estado civil ante su administración, por ejemplo:

  • Registrar o actualizar el estado civil en el registro de población o de estado civil del país de residencia.
  • Acreditar el cambio de apellido tras el matrimonio, cuando el país de residencia lo contempla.
  • Solicitar prestaciones familiares o fiscales que dependen de estar casado.
  • Acreditar ante el registro civil local un divorcio o la viudedad, gracias a los símbolos de la casilla de menciones.

Cada administración decide qué formato admite para cada trámite. Antes de pedirlo, pregunta si aceptan el «extracto plurilingüe del Convenio de Viena de 1976» o si piden expresamente la copia literal. Para los trámites de reagrupación familiar o de nacionalidad, lo habitual es que pidan el literal. Si vas a casarte en España con una persona extranjera, la documentación que se pide es otra.

Datos prácticos antes de pedirlo

  • Pregunta por escrito qué formato aceptan: una respuesta de la autoridad de destino evita pedir dos veces el certificado.
  • No apostilles el plurilingüe para un país del Convenio: el artículo 8 ya lo exime de legalización. Apostillarlo no aporta nada en esos países.
  • Revisa la fecha de expedición: el Convenio no fija una caducidad, pero muchas autoridades piden certificados recientes. Te lo explicamos en vigencia y caducidad de los certificados.
  • Comprueba que el matrimonio está inscrito en España: si te casaste fuera, sin inscripción no hay certificado español.
  • Pide dos formatos si dudas: plurilingüe y literal. Si el trámite es importante y la autoridad no responde, tener ambos evita retrasos.

Preguntas Frecuentes

No tiene ninguna ventaja especial allí. Ni Estados Unidos ni los países latinoamericanos aplican el Convenio n.º 16 de la CIEC, así que no lo eximen de apostilla. Para esos destinos, lo habitual es pedir el certificado literal con la Apostilla de La Haya y, si el país no admite el español, una traducción jurada.

No. Francia, Italia y Alemania aplican el Convenio n.º 16, y su artículo 8 dice que estos certificados se aceptan sin legalización ni formalidad equivalente. Si lo apostillas para uno de esos países, pagas un trámite que no hacía falta.

Sí, siempre que el divorcio o la defunción estén inscritos en España. El modelo usa símbolos fijos en la casilla de menciones (Div para el divorcio, Dm o Df para la defunción de un cónyuge), seguidos de la fecha y el lugar. Si el divorcio se dictó fuera y no se ha inscrito aquí, no aparecerá.

Sí, si ese matrimonio está inscrito en el Registro Civil español, normalmente en el Registro Civil Central o en el consulado. Si nunca se inscribió en España, primero hay que inscribirlo. El certificado indicará el lugar de la boda seguido del nombre del país.

El plurilingüe es un certificado en sí mismo, regulado por el Convenio de Viena de 1976 y válido en sus 24 Estados parte. El impreso multilingüe del Reglamento (UE) 2016/1191 es solo una ayuda para la traducción, no tiene valor jurídico propio y siempre debe acompañar al documento público que traduce.

El Convenio no fija ninguna fecha de caducidad. Sin embargo, el certificado refleja la situación del día en que se expidió, y muchas autoridades piden uno reciente para asegurarse de que no ha habido cambios, como un divorcio. Confirma el plazo que aplica la oficina donde vas a presentarlo.

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